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LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS PÚBLICOS
Convenio de La Haya del 5 de octubre de
1961
La legalización diplomática o consular
de documentos públicos (Ej.: los emanados por las
cortes, tribunales u otros organismos del Estado; documentos administrativos,
notariales y certificados oficiales) puede suprimirse mediante la
"Apostilla de La Haya". Para ello el interesado deberá
presentar el documento ante la Corte Suprema de Hong Kong (Admiralty,
Central) que para tal efecto aplicará un sello al documento
que lo hace legal ante las autoridades de cualquiera de los países
signatarios de este acuerdo internacional.
Procedimiento:
- Legalizar el documento ante un Notario Público
de esta jurisdicción.
- Presentar el documento ante la Corte Suprema
de Hong Kong para que le coloquen la "Apostilla de La
Haya".
- Presentar el documento ante esta oficina consular
para la correspondiente legalización.
- Depositar en la cuenta del Consulado
General de Venezuela US$70.00 por concepto de
Derechos y Aranceles Consulares.
LEGALIZACIÓN DE CERTIFICADOS
Certificado de Origen
La autoridad competente del país exportador
certifica cual es el país productor de la mercancía
que será exportada. En el caso de Hong Kong, las autoridades
y/o entidades competentes para la emisión de Certificados
de Origen son:
Departamento
de Comercio de Hong Kong;
Cámara
General de Comercio de Hong Kong;
Federación
de Industrias de Hong Kong;
Asociación
de Productores Chinos de Hong Kong;
Cámara
India de Comercio, Hong Kong; y
Cámara
General China de Comercio.
En cuanto a Macao, la sola autoridad competente
para emitir Certificados de Origen es el Departamento de Industria
de la Dirección de Servicios Económicos de Macao SAR.
Procedimiento:
- El certificado debe ser presentado con la copia
del registro de la compañía exportadora o comercial.
- Presentar original y fotocopia del documento.
- Depositar en la cuenta del Consulado General
de Venezuela US$70.00 por concepto de
Derechos y Aranceles Consulares.
Duración de este trámite: 2 días
hábiles.
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Certificado de Libre Venta
La autoridad competente del país productor certifica que
el producto a ser exportado no tiene restricción alguna para
su libre venta, de conformidad con las disposiciones vigentes del
mismo.
- El certificado debe ser autenticado por el organismo
oficial apropiado y tiene que estar firmado y sellado por el funcionario
respectivo.
- Presentar original y una (1) fotocopia del certificado.
- Depositar en la cuenta del Consulado General
de Venezuela US$70,00 por concepto de Derechos
y Aranceles Consulares.
Duración de este trámite: 2 días
hábiles.
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Certificado de Calidad
Constancia de que el producto a exportar cumplió con los
parámetros que el país productor exige como norma
mínimas para el consumo o uso del mismo.
- El certificado debe ser autenticado por el organismo
oficial apropiado y tiene que estar firmado y sellado por el funcionario
respectivo.
- Presentar original y una (1) fotocopia del certificado.
- Depositar en la cuenta del Consulado General
de Venezuela US$70,00 por concepto de Derechos
y Aranceles Consulares.
Duración de este trámite: 2 días
hábiles.
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Certificado de Salud Vegetal (Fitosanitario)
La autoridad sanitaria competente del país
productor certifica que el vegetal (partes del mismo o un producto
vegetal) que va a ser exportado está libre de enfermedades
o plagas.
- El certificado debe ser emitido por el organismo
oficial apropiado (Departamento de Agricultura y Pesca de Hong
Kong) y tiene que estar firmado y sellado por el funcionario respectivo.
Los certificados emitidos por laboratorios o compañías
privadas no serán aceptados.
- Presentar original y una (1) fotocopia del certificado.
- Depositar en la cuenta del Consulado General
de Venezuela US$70,00 por concepto de Derechos
y Aranceles Consulares.
Duración de este trámite: 2 días
hábiles.
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Certificado de Consumo Humano
La autoridad sanitaria competente del país productor certifica
que el producto que será exportado cumple con las disposiciones
vigentes en el mismo, relativas a su comercialización, con
destino al consumo humano.
- El certificado debe ser emitido por el Departamento
de Sanidad, Agricultura o el organismo oficial apropiado y tiene
que estar firmado y sellado por el funcionario respectivo.
- Presentar original y una (1) fotocopia del certificado.
- Depositar en la cuenta del Consulado General
de Venezuela US$70,00 por concepto de Derechos
y Aranceles Consulares.
Duración de este trámite: 2 días
hábiles.
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Certificado de Análisis
Es el documento en el cual se da a conocer, por
la autoridad competente del país de origen, la composición
química de cualquier producto que, para su consumo humano
o animal, vaya a ser exportado hacia Venezuela.
- El certificado debe ser emitido por un laboratorio
acreditado por el Gobierno de Hong Kong SAR o por el Gobierno
de Macao SAR.
- Presentar original y una (1) fotocopia del certificado.
- Depositar en la cuenta del Consulado General
de Venezuela US$70,00 por concepto de Derechos
y Aranceles Consulares.
Duración de este trámite: 2 días
hábiles.
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